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Determinar su cualificación de conducción válida en Japón
Para conducir en Japón con una licencia extranjera necesita un Permiso Internacional de Conducir (IDP) o una licencia extranjera (solo cinco países y una región) + traducción oficial al japonés. Debe poseer una de las siguientes cualificaciones válidas.
Importante — Sin una cualificación de conducción válida verificada, la cobertura de responsabilidad y daños de Tcab puede no aplicarse tras un accidente, con riesgo de indemnizaciones elevadas. Confirme su elegibilidad antes de viajar.
¿Qué licencia necesito para conducir en Japón?
Necesita una licencia japonesa ordinaria, un IDP en formato del Convenio de Ginebra de 1949 más pasaporte, o una licencia de Suiza, Alemania, Francia, Bélgica, Mónaco o Taiwán con traducción oficial al japonés. Los permisos del Convenio de Viena y las licencias internacionales de países no miembros (p. ej. China continental, Tailandia, Vietnam, Indonesia) no son válidos en Japón.
Cómo decidir
- Tiene licencia japonesa ordinaria → Patrón 1
- Tiene IDP del Convenio de Ginebra 1949 → Patrón 2
- Tiene licencia de Suiza, Alemania, Francia, Bélgica, Mónaco o Taiwán → Patrón 3 (traducción oficial al japonés requerida)
- Ninguno de los anteriores → No válido / lista de no miembros
Patrón 1 — Licencia japonesa ordinaria
- Licencia japonesa de clase ordinaria válida
- Verificación de identidad en Explorer
Patrón 2 — Permiso Internacional de Conducir (Convenio de Ginebra)
- Pasaporte (para confirmar nacionalidad/residencia)
- IDP emitido por un país del Convenio de Ginebra según el Convenio de Ginebra de 1949
- Verificación de identidad en Explorer
Referencias: Países y formato del Convenio de Ginebra (Policía Metropolitana de Tokio)
Lista de verificación del IDP
- Tamaño: 148 mm de alto × 105 mm de ancho
- País emisor: país del Convenio de Ginebra
- Nombre del convenio: CONVENTION ON ROAD TRAFFIC OF 19 SEPTEMBER 1949
- Validez: dentro de 1 año desde la fecha de emisión
- Datos requeridos: apellido, nombre, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento, dirección
- La foto coincide con el titular
- Sello de categoría para turismo: B
Los IDP basados en los convenios de París (1926), Washington (1943) o Viena (1968) no son válidos para conducir en Japón.

Patrón 3 — Licencia extranjera + traducción al japonés (5 países / 1 región)
- Pasaporte
- Licencia emitida en Suiza, Alemania, Francia, Bélgica, Mónaco o Taiwán
- Traducción oficial al japonés (p. ej. solicitud de traducción JAF)
- Verificación de identidad en Explorer
Hong Kong / Macao y Taiwán siguen reglas distintas.
Taiwán entra en el Patrón 3 (licencia local + traducción oficial al japonés). Hong Kong y Macao no: necesitan un IDP del Convenio de Ginebra de 1949 (Patrón 2). Una sola página en chino tradicional sirve para el idioma, pero la cualificación requerida no es la misma.


No válido / principales países no miembros de Ginebra
- IDP en formato Convenio de Viena (u otros distintos de Ginebra 1949)
- Conducir solo con una «licencia internacional» de países no miembros
Lista de países principales
| Región | País | Notas |
|---|---|---|
| Asia | China (RPC) | Parte del Convenio de Viena 1968. Licencia china + traducción no válida en Japón. |
| Asia | India | No miembro. Los IDP indios no son válidos en Japón. |
| Asia | Indonesia | No miembro. Permisos tipo ASEAN no válidos en Japón. |
| Asia | Filipinas | La base legal de emisión del IDP puede ser poco clara. |
| Asia | Vietnam | No miembro. Las «licencias internacionales» emitidas no sirven en Japón. |
| Asia | Tailandia | No miembro (tampoco Viena). No válidos en Japón. |
| Asia | Malasia | Viena sí, Ginebra no. No válidos en Japón. |
| Asia | Singapur | Viena sí, Ginebra no. No válidos en Japón. |
| América del Sur | Brasil | Viena sí, Ginebra no. Licencia + traducción no basta. |
| América del Sur | Argentina | Solo Viena. |
| América del Sur | Colombia | Igual. |
| América del Sur | Chile | Igual. |
| Asia | Corea del Sur | Antes no miembro; ahora miembro de Ginebra (válido desde 2002). |
| Europa / Asia | Rusia | Viena sí, Ginebra no. No válidos en Japón. |
| Europa | Ucrania | Viena sí, Ginebra no. |
| Oriente Medio | Arabia Saudí | No miembro. No válidos en Japón. |
| Oriente Medio | EAU | Viena sí, Ginebra no. No válidos en Japón. |
Convenios y validez en Japón
| Convenio | Ejemplos de partes | ¿Válido en Japón? |
|---|---|---|
| Ginebra 1949 | Japón, EE. UU., Reino Unido, Canadá, Australia, etc. | Sí, si el formato es correcto |
| Viena 1968 | China, Rusia, Brasil, India, etc. | No |
| Ambos | Francia, Alemania, Italia, etc. | Sí con IDP formato Ginebra |
Antes del viaje
Tras reservar, envíe fotos de su licencia y documentos según las indicaciones de Explorer para confirmar la elegibilidad con antelación.
Si no podemos verificar su cualificación
Si no se puede verificar una cualificación válida en Japón, el seguro no puede aplicarse y no podrá usar el servicio. Obtenga la cualificación válida y vuelva a enviar los documentos en Explorer.
- Junto con pasaporte y licencia del país: traducción oficial al japonés (solo países elegibles) o IDP formato Ginebra
Driving in Japan(JAF)